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Orden Derogada

Disposición final primera. Modificación de la Orden HAC/1398/2003, de 27 de mayo, por la que se establecen los supuestos y condiciones en que podrá hacerse efectiva la colaboración social en la gestión de los tributos, y se extiende ésta expresamente a la presentación telemática de determinados modelos de declaración y otros documentos tributarios.

Disposición final primera de la Orden HAC/484/2019, de 9 de abril, por la que se aprueban las normas de desarrollo de lo dispuesto en el artículo 26 sobre marcas fiscales previstas para cigarrillos y picadura para liar, del Reglamento de los Impuestos Especiales, aprobado por Real Decreto 1165/1995, de 7 de julio. · BOE-A-2019-6339

Atención: Orden HAC/484/2019 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Se añade al apartado 2 de la disposición adicional única de la Orden HAC/1398/2003, de 27 de mayo, por la que se establecen los supuestos y condiciones en que podrá hacerse efectiva la colaboración social en la gestión de los tributos, y se extiende ésta expresamente a la presentación telemática de determinados modelos de declaración y otros documentos tributarios, el siguiente modelo de solicitud.

Modelo 515 «Solicitud de marcas fiscales del Impuesto sobre las Labores del Tabaco».

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2019-05-01.

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