Disposición final primera. Facultad de aplicación.
Disposición final primera de la Orden de 22 de noviembre de 1996 por la que se prohíbe la pesca de determinadas especies pelágicas con artes de arrastre. · BOE-A-1996-26986
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1996-12-04.
Texto consolidado
Por la Secretaría General de Pesca Marítima se dictarán las resoluciones y se adoptarán las medidas necesarias para la aplicación y cumplimiento de la presente Orden.