Disposición final primera. Facultad de aplicación.
Disposición final primera de la Orden APA/973/2002, de 23 de abril, por la que se establece un peso mínimo para el pulpo capturado en aguas exteriores del litoral mediterráneo peninsular y se prohibe su pesca recreativa en las aguas exteriores del caladero mediterráneo de Andalucía. · BOE-A-2002-8534
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-05-04.
Texto consolidado
Por el Secretario General de Pesca Marítima, en el ámbito de sus atribuciones, se dictarán las resoluciones necesarias y se adoptarán las medidas precisas para el cumplimiento y aplicación de lo dispuesto en la presente Orden.
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