Disposición final primera. Desarrollo reglamentario y ejecución.
Disposición final primera de la Ley Foral 6/2020, de 6 de abril, por la que se aprueban medidas urgentes para responder al impacto generado por la crisis sanitaria del coronavirus (COVID-19) · BOE-A-2020-4540
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-04-09.
Texto consolidado
1. Se habilita al Gobierno de Navarra y a las personas titulares de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, en el ámbito de sus competencias, a dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y ejecución de lo dispuesto en esta ley foral.
2. Se habilita a la persona titular del Departamento competente en materia tributaria para modificar, mediante Orden Foral, los plazos de presentación e ingreso de declaraciones-liquidaciones o autoliquidaciones y declaraciones informativas.
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