Disposición final primera. Plazo para la modificación de la Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de Haciendas Locales de Navarra en lo relativo al impuesto municipal sobre vehículos de tracción mecánica.
Disposición final primera de la Ley Foral 4/2022, de 22 de marzo, de Cambio Climático y Transición Energética. · BOE-A-2022-6402
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-04-02.
Texto consolidado
En el plazo de un año desde la aprobación de la presente ley foral, el Gobierno de Navarra promoverá la modificación del capítulo IV del título II de la Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de las Haciendas Locales de Navarra, a fin de que el impuesto sobre los vehículos de tracción mecánica se determine en base a las emisiones generadas por los citados vehículos.