Disposición final primera.
Disposición final primera de la Ley Foral 13/1990, de 31 de diciembre, de protección y desarrollo del Patrimonio Forestal de Navarra. · BOE-A-1991-7362
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1991-02-03.
Texto consolidado
Queda derogado el capítulo I del título único de la norma sobre quema de rastrojeras y malezas, del Parlamento Foral de Navarra, de 17 de marzo de 1981; y, en general, cuantas disposiciones de igual o inferior rango se oponga a lo dispuesto en esta Ley Foral.