Disposición final primera.
Disposición final primera de la Ley Foral 13/1989, de 3 de julio, de Comercio no Sedentario. · BOE-A-1989-23886
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1989-07-11.
Texto consolidado
Se faculta al Gobierno de Navarra para dictar cuantas disposiciones sean precisas para el desarrollo y ejecución de esta Ley Foral.