Disposición final primera.
Disposición final primera de la Ley 6/2005, de 27 de diciembre, de medidas para la asistencia y atención de las víctimas del terrorismo y de creación del Centro Extremeño de Estudios para la Paz. · BOE-A-2006-2675
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-01-01.
Texto consolidado
Se autoriza al Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y ejecución de la presente Ley.