Disposición final primera.
Disposición final primera de la Ley 6/1998, de 30 de noviembre, de Consejos Escolares de la Región de Murcia. · BOE-A-1999-4975
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1998-12-16.
Texto consolidado
Se autoriza al Consejo de Gobierno y a la Consejería de Cultura y Educación, en las materias de sus respectivas competencias, de acuerdo con el artículo 21.4 de la Ley 1/1988, de 7 de enero, para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y aplicación de esta Ley.