Disposición final primera. Habilitaciones al Consejero competente en materia de Hacienda.
Disposición final primera de la Ley 5/2006, de 22 de junio, de tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón. · BOA-d-2006-90022
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-07-18.
Texto consolidado
El Consejero competente en materia de Hacienda podrá regular, mediante Orden, las siguientes materias:
a) El establecimiento de la obligación de utilizar, para determinadas tasas o precios públicos, algún concreto medio de pago de los previstos reglamentariamente.
b) La elaboración y publicación anual en el «Boletín Oficial de Aragón» de un catálogo actualizado que recoja, a título informativo, los elementos esenciales y las tarifas vigentes de las tasas para cada ejercicio presupuestario, incluyendo todas las modificaciones efectuadas desde la última publicación.