Disposición final primera.
Disposición final primera de la Ley 4/2008, de 19 de junio, de Reconocimiento y Reparación a las Víctimas del Terrorismo. · BOE-A-2011-14348
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-07-02.
Texto consolidado
La presente ley entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el «Boletín Oficial del País Vasco», a excepción de lo dispuesto en su título III, que entrará en vigor una vez se publiquen las normas reglamentarias que lo desarrollen.