Disposición final primera.
Disposición final primera de la Ley 4/1964, de 29 de abril, sobre concesión de teleféricos. · BOE-A-1964-7523
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1964-05-24.
Texto consolidado
En las instalaciones de interés turístico las competencias atribuidas por la presente ley al Ministerio de Obras Públicas deberán ejercitarse en forma coordinada con las propias del Ministerio de Información y Turismo, que, a tal fin, deberá ser oído en todas los casos de ejercicio de dichas competencias.