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Ley Vigente

Disposición final primera. Actualización de sanciones.

Disposición final primera de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales. · BOE-A-1995-24292

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1996-02-10.

Texto consolidado

La cuantía de las sanciones a que se refiere el apartado 4 del artículo 49 podrá ser actualizada por el Gobierno a propuesta del Ministro de Trabajo y Seguridad Social, adaptando a la misma la atribución de competencias prevista en el apartado 1 del artículo 52, de esta Ley.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1996-02-10.

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