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Ley Vigente

Disposición final primera. Modificaciones de la Ley 9/2001, de 23 de diciembre, de presupuestos generales de la comunidad autónoma de las Illes Balears para el año 2012.

Disposición final primera de la Ley 3/2012, de 30 de abril, de medidas tributarias urgentes. · BOE-A-2012-7445

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2012-05-13.

Texto consolidado

1. El artículo 4.2.a) queda modificado de la siguiente manera:

«a) Los créditos correspondientes a fondos finalistas no pueden quedar vinculados a otras partidas que no tengan este carácter y la misma finalidad.»

2. La disposición adicional cuarta de la Ley 9/2011 queda modificada de la siguiente manera:

«Disposición adicional cuarta. Actualización específica de determinadas tasas portuarias.

Las cuantías de las tasas portuarias incluidas en el capítulo XXV y en los capítulos XXVII a XXXVIII del título VI de la Ley 11/1998, de 14 de diciembre, sobre el régimen específico de las tasas de la comunidad autónoma de las Illes Balears, se incrementan un 15%, a excepción de las incluidas en el capítulo XXXIII y el último párrafo del artículo 294 del capítulo XXXVI, las cuales deben actualizarse de acuerdo con la regla general que contiene el artículo 21 de esta ley.»

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2012-05-13.

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