Disposición final primera. Habilitación.
Disposición final primera de la Ley 27/2001, de 31 de diciembre, de Justicia Juvenil. · BOE-A-2002-2513
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-01-16.
Texto consolidado
Quedan habilitados el Gobierno y el consejero competente en la materia para que dicten las disposiciones reglamentarias para el desarrollo, la ejecución y la aplicación de la presente Ley.