Disposición final primera. Reproducción de legislación básica.
Disposición final primera de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña. · BOE-A-2010-13313
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-11-05.
Texto consolidado
1. Los artículos 6.1, 6.3, 6.4, 7.3, 8.1, 8.5, 8.9, 9.1, 11.3, 11.6, 12.3, 14.2 primer inciso, 17 apartados 4 y 5, 18.4, 19.3, 22.1.f, 27.2, 48.1, 48.2, 51.3, 53 apartados 1, 2 y 3, 55, 77, 103.2, 104.1, 106.1 y 107.3 reproducen, respectivamente, los artículos 12.1 primer párrafo, 12.2, 12.3, 21.2, 13.1, 13.6, 13.7, 14.1, 16.4, 16.2, 20.2, 25.1, 26.1, 26.3, 27.4, 35.a primer inciso, 37.2, 68, 69.1, 84.4, 42.1, 44, 116.1, 134.2, 134.1, 138.1 y 4.1 de la Ley del Estado 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
2. Los artículos 24.1, 24.2, 41.8 primer inciso, 43.2, 43.3, 45.1, 46.3 y 46.5 reproducen, respectivamente, los artículos 6.1, 6.2.a, 26.2, 27.6, 27.2, 14 primer inciso, 32.2 y 32.3 de la Ley del Estado 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos.
3. Cualquier modificación de los artículos de la legislación básica que reproduce la presente ley implica la modificación, en los mismos términos, de los respectivos artículos.
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