Disposición final primera.
Disposición final primera de la Ley 23/1982, de 16 de junio, reguladora del Patrimonio Nacional. · BOE-A-1982-15230
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1982-07-12.
Texto consolidado
El Gobierno, previo informe del Consejo de Administración del Patrimonio Nacional, dictará, en el plazo de un año, el Reglamento general para desarrollo y ejecución de esta Ley, en el cual deberá regularse el régimen de visita a los inmuebles del Patrimonio y de los Reales Patronatos, con criterios análogos a los de la legislación sobre monumentos histórico-artísticos.