Disposición final primera. Reforma del Código Civil.
Disposición final primera de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal. · BOE-A-2003-13813
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2004-09-01.
Texto consolidado
Se añade al artículo 1.921 del Código Civil un párrafo segundo, con la siguiente redacción:
"En caso de concurso, la clasificación y graduación de los créditos se regirá por lo establecido en la Ley Concursal."