Disposición final primera. Habilitación gubernativa.
Disposición final primera de la Ley 21/2006, de 15 de diciembre, de atribución de competencias a los consejos insulares de Menorca y de Ibiza y Formentera en materia de juventud y ocio. · BOE-A-2007-1894
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-12-24.
Texto consolidado
Se faculta al Gobierno de las Illes Balears para que dicte las disposiciones y los actos necesarios para el desarrollo y la ejecución de esta ley.