Disposición final primera. Desarrollo reglamentario.
Disposición final primera de la Ley 2/2022, de 10 de marzo, de Juventud. · BOE-A-2022-8832
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-03-26.
Texto consolidado
Se autoriza al Gobierno Vasco a dictar las disposiciones reglamentarias que sean necesarias para el desarrollo de esta ley.