Disposición final primera. Habilitación normativa.
Disposición final primera de la Ley 2/2018, de 23 de marzo, de los asturianos en el exterior y del reconocimiento de la asturianía. · BOE-A-2018-5998
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-05-06.
Texto consolidado
Se autoriza al Consejo de Gobierno para que dicte cuantas disposiciones sean precisas para el desarrollo y aplicación de esta ley. En el plazo de un año desde su entrada en vigor, el Consejo de Gobierno aprobará un decreto que desarrolle reglamentariamente las previsiones normativas contenidas en esta ley.