Disposición final primera. Desarrollo reglamentario.
Disposición final primera de la Ley 2/2014, de 3 de junio, de medidas para la garantía y la continuidad de los servicios públicos en la Comunidad Autónoma de La Rioja. · BOE-A-2014-6667
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-06-07.
Texto consolidado
Se autoriza al Consejo de Gobierno para dictar las disposiciones reglamentarias que sean precisas para el desarrollo de la presente ley.