Disposición final primera.
Disposición final primera de la Ley 2/2003, de 13 de marzo, de la convivencia y el ocio de Extremadura. · BOE-A-2003-7535
Atención: Ley 2/2003 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Se autoriza al Consejo de Gobierno para dictar las disposiciones necesarias para el desarrollo y ejecución de la presente Ley.