Disposición final primera.
Disposición final primera de la Ley 19/1997, de 11 de julio, de Colegios Profesionales de la Comunidad de Madrid. · BOE-A-1998-10591
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1997-07-16.
Texto consolidado
Se autoriza al Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid para dictar las disposiciones reglamentarias necesarias para el completo desarrollo de la presente Ley.