Disposición final primera. Modificación del texto refundido de la Ley de Turismo de Aragón aprobado por Decreto Legislativo 1/2016, de 26 de julio.
Disposición final primera de la Ley 14/2023, de 30 de marzo, de perros de asistencia en Aragón. · BOE-A-2023-10879
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-07-17.
Texto consolidado
El artículo 31.3 del texto refundido de la Ley de Turismo de Aragón queda redactado como sigue:
«3. Las personas usuarias de perros de asistencia ostentarán derecho de libre acceso, deambulación y permanencia en los establecimientos turísticos en compañía de ellos en los términos previstos en su normativa reguladora.»