Disposición final primera. Habilitación gubernativa.
Disposición final primera de la Ley 14/2001, de 29 de octubre, de atribución de competencias a los Consejos Insulares en materia de Servicios Sociales y Seguridad Social. · BOE-A-2001-22048
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2001-11-11.
Texto consolidado
Se faculta al Gobierno de las Illes Balears para que dicte las disposiciones y los actos necesarios para el desarrollo y la ejecución de esta Ley.