Disposición final primera.
Disposición final primera de la Ley 13/2000, de 21 de diciembre, del Camí de Cavalls de Menorca. · BOE-A-2001-1440
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2000-12-28.
Texto consolidado
Corresponde al Consejo Insular de Menorca y al Gobierno de las Illes Balears, en el ámbito de sus respectivas competencias, dictar las disposiciones y aprobar los instrumentos de planeamiento que sean necesarios para el desarrollo de la presente Ley.