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Ley Vigente

Disposición final primera. Modificaciones presupuestarias.

Disposición final primera de la Ley 12/2011, de 3 de noviembre, de supresión del Defensor del Pueblo de Castilla-La Mancha · BOE-A-2012-3444

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-12-29.

Texto consolidado

El órgano competente de las Cortes de Castilla-La Mancha propondrá y autorizará las modificaciones presupuestarias que resulten necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en esta ley, asumiendo las obligaciones y derechos pendientes a su entrada en vigor.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2011-12-29.

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