Disposición final primera.
Disposición final primera de la Ley 10/2002, de 12 de diciembre, de Financiación de Inversiones Extraordinarias. · BOE-A-2003-1416
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-12-14.
Texto consolidado
Se autoriza al Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura y, en su caso, al Consejero de Economía, Industria y Comercio a dictar cuantas disposiciones de desarrollo y aplicación de la presente Ley sean necesarias.