Disposición final primera. Desarrollo reglamentario.
Disposición final primera de la Ley 1/2014, de 13 de marzo, de Artesanía de la Región de Murcia. · BOE-A-2014-3560
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-04-18.
Texto consolidado
Se autoriza al Consejo de Gobierno para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y ejecución de la presente ley.
El desarrollo reglamentario y demás remisiones normativas se aprobarán en el plazo de 18 meses desde la entrada en vigor de esta Ley.