Disposición final primera. Habilitación de medios necesarios para la ejecución del presente decreto-ley foral.
Disposición final primera del Decreto-ley Foral 2/2022, de 23 de mayo, de medidas para la realización de los procesos de estabilización derivados de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, en las Administraciones Públicas de Navarra. · BOE-A-2022-10517
Atención: Decreto-ley Foral 2/2022 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Se habilitarán los medios personales, técnicos y materiales necesarios para la adecuada gestión de los procesos selectivos derivados de la ejecución de la presente norma.
Más artículos de Decreto-ley Foral 2/2022
- ← Disposición transitoria única. Adecuación de las herramientas informáticas a la nueva regulación de la contratación e…
- → Disposición final segunda. Remisión al Parlamento de Navarra.
- Ver la norma completa: Decreto-ley Foral 2/2022, de 23 de mayo, de medidas para la realización de los procesos de estabilización derivados de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, en las Administraciones Públicas de Navarra.