Disposición final primera. Modificación del Texto Refundido de la Ley Foral del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
Disposición final primera del Decreto-ley Foral 1/2022, de 13 de abril, por el que se adoptan medidas urgentes en la Comunidad Foral de Navarra en respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania. · BOE-A-2022-8642
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-04-22.
Texto consolidado
Con efectos desde el 1 de enero de 2022 se modifica el artículo 36.B) 1.b), que quedará redactado del siguiente modo:
b) Los sujetos pasivos que ejerzan actividades empresariales a las que resulte de aplicación el régimen especial del recargo de equivalencia o el régimen especial simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido, siempre que el importe neto de su cifra de negocios no haya superado 200.000 euros en el año inmediatamente anterior.
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