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Ley Foral Vigente

Disposición final octava. Modificación de la Ley Foral 16/2006, de 14 de diciembre, del juego.

Disposición final octava de la Ley Foral 31/2022, de 28 de noviembre, de atención a las personas con discapacidad en Navarra y garantía de sus derechos. · BOE-A-2022-22470

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-12-16.

Texto consolidado

Se modifica el apartado 1 del artículo 32, con el siguiente texto:

«1. Se prohíbe la participación en el juego, su práctica y el acceso a los locales y lugares autorizados como establecimientos específicos de juego a:

a) Los menores de edad. En este sentido la prohibición de acceso a las personas menores de edad deberá constar de forma clara y visible en la entrada del local y en el portal de la página web.

b) Quienes por decisión judicial así se haya establecido.

c) Cualquier persona que presente síntomas de embriaguez, intoxicación por drogas o enajenación. mental o que pretenda entrar portando armas y objetos que puedan utilizarse como tales.

d) Las personas autoexcluidas en el Registro General de Interdicción de Acceso al Juego.»

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2022-12-16.

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