Disposición final octava. Modificación de normas reglamentarias.
Disposición final octava del Decreto-ley 1/2025, de 24 de febrero, de medidas urgentes en materia de vivienda. · BOJA-b-2025-90042
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-03-04.
Texto consolidado
Las determinaciones previstas en las normas reglamentarias que son objeto de modificación en el presente decreto-ley podrán ser modificadas por normas del rango reglamentario correspondiente, de conformidad con lo previsto en el artículo 44.3 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía.