Disposición final novena. Modificación del Real Decreto-ley 25/2020, de 3 de julio, de medidas urgentes para apoyar la reactivación económica y el empleo.
Disposición final novena del Real Decreto-ley 34/2020, de 17 de noviembre, de medidas urgentes de apoyo a la solvencia empresarial y al sector energético, y en materia tributaria. · BOE-A-2020-14368
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-11-19.
Texto consolidado
Se modifica el Real Decreto-ley 25/2020, de 3 de julio, de medidas urgentes para apoyar la reactivación económica y el empleo, de la siguiente manera:
Uno. El apartado 1 del artículo 1 queda redactado del siguiente modo:
«1. Con el fin de fomentar la recuperación económica del país, el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital otorgará avales a la financiación concedida por entidades financieras supervisadas a empresas y autónomos para atender, principalmente, sus necesidades financieras derivadas de la realización de nuevas inversiones. También se podrán destinar los avales a pagarés incorporados al Mercado Alternativo de Renta Fija (MARF).»
Dos. El apartado 2 del artículo 1 queda redactado del siguiente modo:
«2. El Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital podrá conceder avales por un importe máximo de 40.000 millones de euros, hasta el 30 de junio de 2021. Las condiciones aplicables y requisitos a cumplir, incluyendo el plazo máximo para la solicitud del aval, se establecerán por Acuerdo de Consejo de Ministros, sin que se requiera desarrollo normativo posterior para su aplicación.»
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