El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Disposición final novena. Modificación de la Ley 14/1985, de 23 de octubre, reguladora de los juegos y apuestas en Galicia.

Disposición final novena de la Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia. · BOE-A-2021-5210

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-03-18.

Texto consolidado

Se modifica el número 2 del artículo 10 de la Ley 14/1985, de 23 de octubre, reguladora de los juegos y apuestas en Galicia, que queda redactado como sigue:

«2. Son salones de juego los autorizados para explotar en ellos de forma permanente máquinas de los tipos A, A especial y B. En caso de que se exploten conjuntamente con las máquinas de tipo A cualquiera de los otros tipos referidos, deberán estar instaladas las de tipo A en salas diferentes a las de tipo A especial y B, sin que pueda existir comunicación directa entre las salas, excepto en caso de que exista prohibición de entrada a menores en el salón de juego.

En el primer caso la superficie de la sala no podrá ser inferior a 50 metros cuadrados y en el segundo, a 150 metros cuadrados. En ambos supuestos la ocupación máxima no será superior a una máquina por cada tres metros cuadrados.»

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2021-03-18.

Más artículos de Ley 9/2021

En El Vínculo puedes leer Ley 9/2021 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.