Disposición final novena. Incapacidad temporal en los programas de empleo y formación.
Disposición final novena de la Ley 3/2012, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral. · BOE-A-2012-9110
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2012-07-08.
Texto consolidado
Se modifica el apartado 2 de la disposición adicional decimonovena del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, con la siguiente redacción:
«2. El límite de edad y de duración para los contratos para la formación y el aprendizaje establecidos en las letras a) y b) del artículo 11.2, no será de aplicación cuando se suscriban en el marco de las acciones y medidas establecidos en la letra d) del artículo 25.1 de la Ley 56/2003, de 16 de diciembre, de Empleo. Asimismo, en estos contratos las situaciones de incapacidad temporal, riesgo durante el embarazo, maternidad, adopción o acogimiento, riesgo durante la lactancia y paternidad no interrumpirán el cómputo de la duración del contrato.»