Disposición final decimosexta. Acreditación de entidades de iniciativa privada de ámbito insular.
Disposición final decimosexta de la Ley 4/2009, de 11 de junio, de servicios sociales de las Illes Balears. · BOE-A-2009-11186
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-08-18.
Texto consolidado
Los consejos insulares, con los trámites previos procedentes, aprobarán las normas reglamentarias para fijar los requisitos y el procedimiento para la acreditación de las entidades de iniciativa privada de ámbito insular a que se refiere el capítulo III del título VII de esta ley, en el plazo máximo de treinta meses desde que entre en vigor esta ley.