Disposición final decimosexta. Habilitación para el desarrollo reglamentario.
Disposición final decimosexta de la Ley 1/2025, de 1 de abril, de prevención de las pérdidas y el desperdicio alimentario. · BOE-A-2025-6597
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-01-02.
Texto consolidado
Se faculta al Gobierno de la Nación para dictar, en el ámbito de sus competencias, las disposiciones reglamentarias necesarias para el desarrollo y aplicación de esta ley.