Disposición final decimosegunda. Adaptación de la normativa reguladora de los órganos asesores y consultivos.
Disposición final decimosegunda de la Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia. · BOE-A-2021-5210
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-03-18.
Texto consolidado
En el plazo de seis meses desde la entrada en vigor de esta ley se adaptará, a instancia de cada consejería competente en la materia, la normativa reguladora de los órganos asesores y consultivos a que se refiere el número 3 del artículo 25, con el objeto de revisar los actos sometidos a su dictamen o informe, así como la periodicidad de sus sesiones, para garantizar que los distintos órganos sectoriales autonómicos emitan los informes sectoriales en los plazos establecidos.
Más artículos de Ley 9/2021
- ← Disposición final decimoprimera. Modificación de la Ley 2/2016, de 10 de febrero, del suelo de Galicia.
- → Disposición final decimotercera. Adaptación del Plan director de la Red Natura 2000 de Galicia.
- Ver la norma completa: Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia.