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Ley Vigente

Disposición final decimoquinta. Régimen fiscal de los Organismos públicos que se transformen en Agencias estatales.

Disposición final decimoquinta de la Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible. · BOE-A-2011-4117

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-03-06.

Texto consolidado

Se modifica el apartado 2 de la disposición adicional décima de la Ley 28/2006, de 18 de julio, de Agencias Estatales para la Mejora de los Servicios Públicos, con efectos desde la entrada en vigor de dicha ley, que queda redactado de la siguiente forma:

«2. Los Organismos públicos que se transformen en Agencias estatales conforme a lo previsto en la disposición adicional quinta de esta Ley o en cualquier otra norma, mantendrán el régimen fiscal que tuviera el organismo de origen.»

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2011-03-06.

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