Disposición final decimocuarta. Título competencial.
Disposición final decimocuarta de la Ley 20/2015, de 14 de julio, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras. · BOE-A-2015-7897
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2016-01-01.
Texto consolidado
Esta Ley se dicta al amparo del artículo 149.1.11.ª y 13.ª de la Constitución que atribuye al Estado las competencias para establecer las bases de la ordenación de los seguros y las bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica, respectivamente. Se exceptúan de lo anterior los siguientes preceptos:
a) Los artículos 16, 17, 18, 40, 119, 120, 121, 123, 126 y 210 a 213, que no tendrán carácter básico.
b) El artículo 130 que se dicta al amparo del artículo 149.1.3.ª de la Constitución, que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de relaciones internacionales.
c) Los artículos 9, 10, 11, 12, 13, 24, 27, 28, 29, 30, 31, 33, 34, 36, 37, el capítulo II y capítulo IV del título III, los artículos 89.3, 96, 98.1 y 2, 165.4, 168, 172, 173, 175, 179 al 189 y el anexo, que se dictan al amparo del artículo 149.1.6.ª de la Constitución, que atribuye al Estado la competencia en materia de legislación mercantil.
d) El artículo 97 que se dicta al amparo del artículo 149.1.6.ª de la Constitución, que atribuye al Estado la competencia en materia de legislación procesal.
e) Los artículos 53 y 59, que se dictan al amparo del artículo 149.1.14.ª de la Constitución, que atribuye al Estado la competencia en materia de hacienda general.
f) El artículo 167.2 que se dictan al amparo del artículo 149.1.8.ª de la Constitución, que atribuye al Estado la competencia en materia de legislación civil.
Más artículos de Ley 20/2015
- ← Disposición final decimotercera. Modificación de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades.
- → Disposición final decimoquinta. Incorporación de Derecho de la Unión Europea.
- Ver la norma completa: Ley 20/2015, de 14 de julio, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras.