Disposición final décima. Entrada en vigor.
Disposición final décima del Real Decreto 346/2025, de 22 de abril, por el que se establecen las bases de desarrollo de la normativa de la Unión Europea de sanidad animal, en lo relativo a las obligaciones de vigilancia del titular de la explotación. · BOE-A-2025-8160
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-06-01.
Texto consolidado
El presente real decreto entrará en vigor el día 1 de junio de 2025.
No obstante, la disposición final séptima.Tres entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», surtiendo efectos desde el 9 de marzo de 2025. Por ello, no podrá imponerse ninguna sanción, penalización o cualquier otra consecuencia jurídica negativa o restrictiva de derechos en caso de incumplimientos que se hayan producido con anterioridad a su entrada en vigor.