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Real Decreto-ley Vigente 2 redacciones

Disposición final cuarta. Facultades de desarrollo.

Disposición final cuarta del Real Decreto-ley 1/2013, de 25 de enero, por el que se prorroga el programa de recualificación profesional de las personas que agoten su protección por desempleo y se adoptan otras medidas urgentes para el empleo y la protección social de las personas desempleadas. · BOE-A-2013-755

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-08-11.

Texto consolidado

Se faculta a la persona titular del Ministerio de Empleo y Seguridad Social para dictar las disposiciones que sean precisas para el desarrollo y ejecución de lo establecido en este real decreto-ley.

Asimismo, se faculta a la persona titular de la Dirección General del Servicio Público de Empleo Estatal, en el ámbito de sus competencias, para dictar cuantas resoluciones sean precisas para el desarrollo de este real decreto-ley.

Téngase en cuenta que se declara que el párrafo segundo es contrario al orden constitucional de distribución de competencias, en los términos establecidos en el fundamento jurídico 8 a), por Sentencia del TC 100/2017, de 20 de julio. Ref. BOE-A-2017-9659

Se declara que el párrafo segundo es contrario al orden constitucional de distribución de competencias, en los términos establecidos en el fundamento jurídico 8 a), por Sentencia del TC 100/2017, de 20 de julio. Ref. BOE-A-2017-9659

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2017-08-11.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2017-9659.

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