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Real Decreto Vigente

Disposición final cuarta. Habilitación para el desarrollo reglamentario.

Disposición final cuarta del Real Decreto 867/2015, de 2 de octubre, por el que se regulan las especificaciones y condiciones para el empleo del Documento Único Electrónico para el cese de actividad y extinción de las sociedades de responsabilidad limitada y el cese de actividad de las empresas individuales. · BOE-A-2015-11122

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2016-04-16.

Texto consolidado

Los Ministros de Industria, Energía y Turismo y de Justicia dictarán, en el ámbito de sus respectivas competencias, cuantas disposiciones resulten necesarias para la aplicación de lo dispuesto en este real decreto.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2016-04-16.

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