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Real Decreto Vigente

Disposición final cuarta. Modificación del Real Decreto 804/2011, de 10 de junio, por el que se regula la ordenación zootécnica, sanitaria y de bienestar animal de las explotaciones equinas y se establece el plan sanitario equino.

Disposición final cuarta del Real Decreto 787/2023, de 17 de octubre, por el que se dictan disposiciones para regular el sistema de trazabilidad, identificación y registro de determinadas especies de animales terrestres en cautividad. · BOE-A-2023-22499

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-01-02.

Texto consolidado

El apartado 2.2.11 del anexo I del Real Decreto 804/2011, de 10 de junio, por el que se regula la ordenación zootécnica, sanitaria y de bienestar animal de las explotaciones equinas y se establece el plan sanitario equino, queda modificado como sigue:

«2.2.11 Explotaciones silvestres o semisilvestres de équidos: explotaciones donde se alojen poblaciones definidas de équidos que vivan en condiciones silvestres o semisilvestres y que estén localizadas en determinadas áreas, incluidos espacios naturales protegidos, espacios protegidos u otro tipo de áreas naturales, incluyendo zonas de montaña donde se crían en condiciones de libertad aquellos équidos, siempre y cuando no abandonen dichas áreas.»

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2024-01-02.

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