Disposición final cuarta. Aplicación y desarrollo del real decreto.
Disposición final cuarta del Real Decreto 594/2015, de 3 de julio, por el que se regula el Registro de Entidades Religiosas. · BOE-A-2015-8643
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-11-01.
Texto consolidado
Se autoriza al Ministro de Justicia para dictar las disposiciones precisas para la aplicación y desarrollo de este real decreto.