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Real Decreto Vigente

Disposición final cuarta. Modificación del Real Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.

Disposición final cuarta del Real Decreto 204/2024, de 27 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, y se modifica el Real Decreto 1012/2022, de 5 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Abogacía General del Estado, se regula la inspección de los servicios en su ámbito y se dictan normas sobre su personal. · BOE-A-2024-3790

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-02-28.

Texto consolidado

Se modifica el artículo 2 del Real Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, que pasa a tener la siguiente redacción:

«Artículo 2. Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes.

El Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes se estructura en los siguientes órganos superiores y directivos:

A) La Secretaría de Estado de Justicia, de la que dependen los siguientes órganos directivos:

1.º La Secretaría General para la Innovación y Calidad del Servicio Público de Justicia, de la que dependen los siguientes órganos directivos:

a) La Dirección General para el Servicio Público de Justicia.

b) La Dirección General de Transformación Digital de la Administración de Justicia.

c) La Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública.

2.º La Dirección General de Cooperación Jurídica Internacional.

B) La Secretaría de Estado de Relaciones con las Cortes y Asuntos Constitucionales, de la que dependen los siguientes órganos directivos:

1.º La Dirección General de Relaciones con las Cortes.

2.º La Dirección General de Asuntos Constitucionales y Coordinación Jurídica.

C) La Subsecretaría de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, de la que dependen:

1.º La Secretaría General Técnica-Secretariado del Gobierno, con rango de Dirección General.

2.º La Dirección General de Servicios.

3.º La Dirección General de Libertad Religiosa.

D) La Abogacía General del Estado, con rango de Subsecretaría, de la que dependen los siguientes órganos directivos:

1.º La Dirección General de lo Consultivo.

2.º La Dirección General de lo Contencioso.»

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2024-02-28.

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