Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
Disposición final cuarta del Real Decreto 1952/2009, de 18 de diciembre, por el que se adoptan requisitos relativos a las limitaciones del tiempo de vuelo y actividad y requisitos de descanso de las tripulaciones de servicio en aviones que realicen transporte aéreo comercial. · BOE-A-2010-1275
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-07-28.
Texto consolidado
El presente real decreto entrará en vigor a los seis meses de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
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