El Vínculo El Vínculo.
Real Decreto Vigente

Disposición final cuarta. Entrada en vigor.

Disposición final cuarta del Real Decreto 1716/2004, de 23 de julio, por el que se regula la obligación de mantenimiento de existencias mínimas de seguridad, la diversificación de abastecimiento de gas natural y la corporación de reservas estratégicas de productos petrolíferos. · BOE-A-2004-15457

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2004-08-27.

Texto consolidado

El presente real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», salvo lo dispuesto en la disposición final primera, que no será de aplicación hasta que hayan transcurrido seis meses desde la entrada en vigor de este real decreto.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2004-08-27.

Más artículos de Real Decreto 1716/2004

En El Vínculo puedes leer Real Decreto 1716/2004 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.